licencia de paternidad
La licencia de paternidad se efectuará por el término de tres días hábiles que serán computados como tiempo efectivo de servicio Foto: Referencial

Sancionan ley que otorga licencia por paternidad

El presidente Juan Carlos Varela promulgó una ley que otorga una licencia por paternidad a los trabajadores de empresas privadas y públicas cuya pareja tenga un hijo. 

De acuerdo con la decisión, la licencia de paternidad se efectuará por el término de tres días hábiles que serán computados como tiempo efectivo de servicio. Durante ese tiempo, el padre no está autorizado a laborar para otro empleador o por cuenta propia. 

Para gozar de este derecho, es necesario presentar un certificado de nacimiento emitido por la Dirección Nacional de Registro Civil del Tribunal Electoral.

La ley empezará a regir desde este 25 de mayo. 

Fuente: La Estrella


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