El Gobierno de Panamá pidió ante la OMC autorización para imponer sanciones comerciales a Colombia por 210 millones de dólares por considerar que Bogotá no ha cumplido el fallo del organismo que le instó a retirar un arancel a importaciones de textiles, prendas de vestir y calzado panameñas.
En un documento registrado ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) con fecha de 9 de febrero y publicado en la base de datos del organismo el pasado viernes, Panamá «solicita la autorización del Órgano de Solución de Diferencias (OSD) para suspender la aplicación a Colombia de concesiones u otras obligaciones por el valor de 210.000.000 dólares».
En el lenguaje técnico de la OMC esta expresión equivale a «sanciones comerciales» contra el demandado que no ha aplicado las resoluciones y recomendaciones del OSD dentro de los 20 días siguientes a la fecha de expiración del plazo prudencial dado por la organización al país para cumplirlas.
En el caso de Colombia, un árbitro de la OMC dio en noviembre pasado a Bogotá hasta el 22 de enero de 2017 para cumplir el fallo.
En el documento, el Gobierno de Panamá explica que el OSD debe conceder esta autorización solicitada dentro de los 30 días siguientes al vencimiento de este plazo, a menos que haya consenso para desestimar la petición.
Por ello pide a ese Órgano que autorice sanciones comerciales por este valor a Colombia en su reunión del 20 de febrero.
«El hecho de que Colombia no haya puesto su medida en conformidad con sus obligaciones bajo el derecho de la OMC, cumpliendo con las recomendaciones y resoluciones del OSD en este asunto, supone para Panamá una pérdida de 210.000.000 dólares en exportaciones de productos textiles y de calzado», afirma el Gobierno panameño.
Panamá reconoce que sería problemático aplicar la suspensión de concesiones u otras obligaciones únicamente en el sector de mercancías.
Sostiene que una medida de esta naturaleza afectaría sectores sensibles de la economía panameña que requieren de importaciones colombianas, incluyendo los sectores energético, agropecuario, de salud y de la construcción, los cuales representan una contribución importante en el PIB de Panamá.
Recalca que, considerando que «las circunstancias son lo suficientemente graves» y que resulta impracticable o ineficaz la sanción únicamente en el sector de mercancías, deben suspenderse concesiones u otras obligaciones bajo los Acuerdos Multilaterales sobre el Comercio de Mercancías, el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio».
En junio el Órgano de Apelación de la OMC ratificó el fallo a favor de Panamá por el arancel compuesto impuesto por Colombia a las importaciones de textiles, prendas de vestir y calzado procedentes del país centroamericano, al exceder en algunos casos los tipos arancelarios consolidados» comprometidos por Bogotá en el marco del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio.
El conflicto arancelario entre ambos países se inició en 2012, cuando Colombia empezó a aplicar aranceles del 10% a los calzados y textiles y un cargo de 5 dólares por cada contenedor procedente de la panameña Zona Libre de Colón (ZLC) por lo que Panamá acudió a la OMC, cuyo fallo fue apelado por Colombia, aunque sin éxito.
El Gobierno colombiano sustituyó el pasado 2 de noviembre el arancel por dos decretos que, a su juicio, cumplen el fallo de la OMC y que, en opinión de Panamá, endurecen el control aduanero y suponen nuevas restricciones al acceso en el mercado colombiano de vestido y calzado reexportado por la ZLC.
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