El Gobierno Nacional estableció mediante el Decreto Ejecutivo Nº 152, por un periodo de tres meses, el margen bruto máximo de venta en toda la cadena de comercialización de productos sanitarios en todo el país.
La medida establece que, por motivo de la pandemia COVID-19, se hace obligatorio el uso de las mascarillas al salir de las viviendas.
Por eso, con el fin de que la población tenga acceso a las mascarillas desechables, se rebajó por tres meses el porcentaje de comercialización por unidad para que no supere el 15%.
En el documento también se estableció la extensión del margen de ganancia de 23% por tres meses de otros productos tales como: geles alcoholados, productos antibacteriales, alcohol para uso externo, desinfectantes en aerosol, jabones, pañuelos desechables, entre otros.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) es la encargada de velar que se cumpla con estas disposiciones.
Así mismo, se aplicarán las debidas sanciones a los agentes económicos que incumplan dicha norma.
Fuente: TVN-2
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