1 de Julio
En el Artículo 49, el pago por trabajo en día de fiesta o duelo nacional tiene un "recargo del 150% sobre el salario de jornada ordinaria". Foto: Ministerio del trabajo y desarrollo laboral.

Empresas deberán pagar dos tiempos y medio a personal que trabaje el 1 de julio

Zulphy Santamaría, ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, indicó que el lunes 1 de julio de 2019, día de la toma de posesión del presidente electo Laurentino Cortizo, será libre como lo establece el Código de Trabajo.

MAS NOTICIAS: Dos viviendas afectadas en Chiriquí tras fuerte sismo de magnitud 6,1

En el artículo 46 se establecen los días de descanso obligatorio por fiesta o duelo nacional, y en ellos se encuentra el “Día que tome posesión el Presidente titular de la República”.

Santamaría informó que las empresas que tengan personal de turno deben pagar “dos tiempos y medios, como establece la norma”.

En el Artículo 49, el pago por trabajo en día de fiesta o duelo nacional tiene un «recargo del 150% sobre el salario de jornada ordinaria».

Fuente: Telemetro


Descubre más desde ElClick Panama

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.