licencia de paternidad
La licencia de paternidad se efectuará por el término de tres días hábiles que serán computados como tiempo efectivo de servicio Foto: Referencial

Empresarios piden que se aclaren aspectos de la licencia de paternidad

La Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa (APEDE) y el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) pidieron este jueves que se aclaren aspectos de la ley que establece la licencia de paternidad en Panamá. 

En un comunicado, recalcaron que aunque apoyan la iniciativa, es necesario que no haya dudas sobre el texto legal en la reglamentación. 

«A manera de ejemplo, qué ocurrirá en una empresa con convención colectiva de trabajo que mantenga cláusula de días libres por paternidad. ¿Qué aplicaría la ley o el convenio?», es una de las interrogantes que plantea la Apede en un comunicado emitido este jueves.

El Conep, por su parte, sugiere que se especifique en la redacción de la reglamentación que se puede acceder al beneficio una sola vez al año y también qué prevalece en casos de los beneficios que establece cada empresa.

La ley sancionada ayer establece tres días hábiles de licencia de paternidad remunerada a los que podrán acogerse los trabajadores del sector público y privado,al momento del nacimiento del hijo o hija nacido de una relación con su esposa o conviviente.

Fuente: Telemetro


Descubre más desde ElClick Panama

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.