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El fiscal pidió el sobreseimiento provisional para Daniel Ríos, quien está involucrado en este caso. Foto: Panamá América

CSJ suspendió temporalmente dos artículos del decreto de retención del impuesto inmueble

La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), bajo la ponencia del magistrado Cecilio Cedalise Riquelme y con el aval de los magistrados Efrén Tello y Abel Augusto Zamorano, decidió suspender provisionalmente los artículos 8 y 9 del Decreto Ejecutivo 362 del 29 de noviembre de 2018, vinculado con la retención del impuesto inmueble.

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La suspensión abarca todos los financiamientos que se hayan otorgado o se vayan a realizar antes de la entrada en vigencia del Decreto 362, en el que se establecía la retención del impuesto de inmueble  directamente de los bancos, entidades financieras cooperativas y demás instituciones y que empezaba a regir a partir del 1 de enero del 2019.

«Se producirán efectos normales en los demás mecanismos de retención del impuesto de inmueble para los bancos de licencia general, las entidades financieras, cooperativas y restantes instituciones que intervengan o actúen como agentes de retención, cuanto los mismos entren en funcionamiento después del 1 de enero de 2019», detallan.

La Corte explica que la decisión de los magistrados se fundamentó en el artículo 73 de la Ley 135 de 1943, que faculta a esta Sala a ordenar la suspensión de los efectos de un acto administrativo cuando a su juicio, sea necesario para evitar un perjuicio «notoriamente grave y de difícil e imposible reparación».

Fuente: La Estrella


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